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YOHANA BERMUDEZ

YOHANA BERMUDEZ

Resumen profesional

Soy una persona que se esfuerza en todo momento por garantizar la satisfacción del cliente. Cuento con amplia experiencia profesional y un sólido conocimiento del sector. Tengo facilidad para trabajar tanto en equipo como de forma independiente, según las necesidades.

Profesional con una excelente capacidad de organización y amplia experiencia profesional. Me caracterizo por ser una persona muy trabajadora, y por ofrecer una buena atención al cliente, incluyendo la solución de posibles incidencias.

Persona con una amplia experiencia en el sector, capaz de asumir responsabilidades y tomar decisiones con solvencia. Tengo buenas habilidades en comunicación y atención al cliente; buscando siempre mi desarrollo profesional.

Abogada litigante con alta capacidad para la representación de clientes. Tengo excelentes habilidades para la redacción de escritos de demanda, recursos y peticiones.

Datos destacados

6
6
years of post-secondary education
13
13
years of professional experience

Experiencia

DOCENTE CATEDRATICO DE APOYO

CENTRO EDUCATIVO HOWARD GARDNER SAS
Barrancas, La Guajira
2025.02 - 2025.11
  • Elaboración de material didáctico y de estudio para utilizar en clase y reforzar el aprendizaje.
  • Participación en actividades extracurriculares organizadas por la institución y en clases de apoyo.
  • Dictado de clases ajustadas al programa académico.
  • Orientación y asesoramiento académico a los estudiantes.
  • Uso de material digital para motivar a los estudiantes en las clases.

DOCENTE CATEDRATICO DE APOYO

CENTRO EDUCATIVO HOWARD GARDNER SAS
Barrancas, La Guajira
2024.03 - 2024.11
  • Elaboración de material didáctico y de estudio para utilizar en clase y reforzar el aprendizaje.
  • Participación en actividades extracurriculares organizadas por la institución y en clases de apoyo.
  • Dictado de clases ajustadas al programa académico.
  • Orientación y asesoramiento académico a los estudiantes.
  • Uso de material digital para motivar a los estudiantes en las clases.

PERSONERA MUNICIPAL

PERSONERIA MUNICIPAL
SAN JUAN DEL CESAR, La Guajira
2021.11 - 2024.02

1- Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las ordenanzas, las decisiones judiciales y los actos administrativos, promoviendo las acciones a que hubiere lugar, en especial las previstas en la Constitución.

2- Defender los intereses de la sociedad.

3- Vigilar el ejercicio eficiente y diligente de las funciones administrativas municipales.

4- Ejercer vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas municipales; ejercer preferentemente la función disciplinaria respecto de los servidores públicos municipales; adelantar las investigaciones correspondientes, bajo la súper vigilancia de los procuradores provinciales a los cuales deberán informar de las Investigaciones.

5- Las apelaciones contra las decisiones del personero en ejercicio de la función disciplinaria, serán competencia de los procuradores Regionales.

6- Intervenir eventualmente y por delegación del Procurador General de la Nación en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público o de los derechos y garantías fundamentales.

7- Intervenir en los procesos civiles y penales en la forma prevista por las respectivas disposiciones procedimentales.

8- Intervenir en los procesos de policía, cuando lo considere conveniente o cuando lo solicite el contraventor o el perjudicado con la contravención.

9- Velar por la efectividad del derecho de petición con arreglo a la ley.

10- Exigir a los funcionarios públicos municipales la información necesaria y oportuna para el cumplimiento de sus funciones, sin que pueda oponérsele reserva alguna, salvo la excepción prevista por la Constitución o la ley.

11- Presentar al Concejo proyectos de acuerdo sobre materia de su competencia.

12- Nombrar y remover, de conformidad con la ley, los funcionarios y empleados de su dependencia.

13- Defender el patrimonio público interponiendo las acciones judiciales y administrativas pertinentes.

14- Interponer la acción popular para el resarcimiento de los daños y perjuicios causados por el hecho punible, cuando se afecten intereses de la comunidad, constituyéndose como parte del proceso penal o ante la jurisdicción civil.

15- Divulgar los derechos humanos y orientar e instruir a los habitantes del municipio en el ejercicio de sus derechos ante las autoridades competentes o entidades de carácter privado.

16- Cooperar en el desarrollo de las políticas y orientaciones propuestas por el Defensor del Pueblo en el territorio municipal.

17- Interponer por delegación del Defensor del Pueblo las acciones de tutela en nombre de cualquier persona que lo solicite o se encuentre en situación de indefensión.

18- Defender los intereses colectivos en especial el ambiente, interponiendo e interviniendo en las acciones judiciales, populares, de cumplimiento y gubernativas que sean procedentes ante las autoridades.

19- Velar porque se dé adecuado cumplimiento en el municipio a la participación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales sin detrimento de su autonomía, con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, control y vigilancia de la gestión pública municipal que establezca la ley.

20- Apoyar y colaborar en forma diligente con las funciones que ejerce la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas.

21- Vigilar la distribución de recursos provenientes de las transferencias de los ingresos corrientes de la Nación al municipio o distrito y la puntual y exacta recaudación e inversión de las rentas municipales e instaurar las acciones correspondientes en caso de incumplimiento de las disposiciones legales pertinentes.

22- Promover la creación y funcionamiento de las veedurías ciudadanas y comunitarias.

23- Todas las demás que le sean delegadas por el Procurador General de la Nación y por el Defensor del Pueblo.

PERSONERA MUNICIPAL

PERSONERIA MUNICIPAL
SAN JUAN DEL CESAR, La Guajira
2021.06 - 2021.11

1- Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las ordenanzas, las decisiones judiciales y los actos administrativos, promoviendo las acciones a que hubiere lugar, en especial las previstas en la Constitución.

2- Defender los intereses de la sociedad.

3- Vigilar el ejercicio eficiente y diligente de las funciones administrativas municipales.

4- Ejercer vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas municipales; ejercer preferentemente la función disciplinaria respecto de los servidores públicos municipales; adelantar las investigaciones correspondientes, bajo la súper vigilancia de los procuradores provinciales a los cuales deberán informar de las Investigaciones.

5- Las apelaciones contra las decisiones del personero en ejercicio de la función disciplinaria, serán competencia de los procuradores Regionales.

6- Intervenir eventualmente y por delegación del Procurador General de la Nación en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público o de los derechos y garantías fundamentales.

7- Intervenir en los procesos civiles y penales en la forma prevista por las respectivas disposiciones procedimentales.

8- Intervenir en los procesos de policía, cuando lo considere conveniente o cuando lo solicite el contraventor o el perjudicado con la contravención.

9- Velar por la efectividad del derecho de petición con arreglo a la ley.

10- Exigir a los funcionarios públicos municipales la información necesaria y oportuna para el cumplimiento de sus funciones, sin que pueda oponérsele reserva alguna, salvo la excepción prevista por la Constitución o la ley.

11- Presentar al Concejo proyectos de acuerdo sobre materia de su competencia.

12- Nombrar y remover, de conformidad con la ley, los funcionarios y empleados de su dependencia.

13- Defender el patrimonio público interponiendo las acciones judiciales y administrativas pertinentes.

14- Interponer la acción popular para el resarcimiento de los daños y perjuicios causados por el hecho punible, cuando se afecten intereses de la comunidad, constituyéndose como parte del proceso penal o ante la jurisdicción civil.

15- Divulgar los derechos humanos y orientar e instruir a los habitantes del municipio en el ejercicio de sus derechos ante las autoridades competentes o entidades de carácter privado.

16- Cooperar en el desarrollo de las políticas y orientaciones propuestas por el Defensor del Pueblo en el territorio municipal.

17- Interponer por delegación del Defensor del Pueblo las acciones de tutela en nombre de cualquier persona que lo solicite o se encuentre en situación de indefensión.

18- Defender los intereses colectivos en especial el ambiente, interponiendo e interviniendo en las acciones judiciales, populares, de cumplimiento y gubernativas que sean procedentes ante las autoridades.

19- Velar porque se dé adecuado cumplimiento en el municipio a la participación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales sin detrimento de su autonomía, con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, control y vigilancia de la gestión pública municipal que establezca la ley.

20- Apoyar y colaborar en forma diligente con las funciones que ejerce la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas.

21- Vigilar la distribución de recursos provenientes de las transferencias de los ingresos corrientes de la Nación al municipio o distrito y la puntual y exacta recaudación e inversión de las rentas municipales e instaurar las acciones correspondientes en caso de incumplimiento de las disposiciones legales pertinentes.

22- Promover la creación y funcionamiento de las veedurías ciudadanas y comunitarias.

23- Todas las demás que le sean delegadas por el Procurador General de la Nación y por el Defensor del Pueblo.

PERSONERA MUNICIPAL

PERSONERIA MUNICIPAL
SAN JUAN DEL CESAR, La Guajira
2020.08 - 2021.01

1- Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las ordenanzas, las decisiones judiciales y los actos administrativos, promoviendo las acciones a que hubiere lugar, en especial las previstas en la Constitución.

2- Defender los intereses de la sociedad.

3- Vigilar el ejercicio eficiente y diligente de las funciones administrativas municipales.

4- Ejercer vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas municipales; ejercer preferentemente la función disciplinaria respecto de los servidores públicos municipales; adelantar las investigaciones correspondientes, bajo la súper vigilancia de los procuradores provinciales a los cuales deberán informar de las Investigaciones.

5- Las apelaciones contra las decisiones del personero en ejercicio de la función disciplinaria, serán competencia de los procuradores Regionales.

6- Intervenir eventualmente y por delegación del Procurador General de la Nación en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público o de los derechos y garantías fundamentales.

7- Intervenir en los procesos civiles y penales en la forma prevista por las respectivas disposiciones procedimentales.

8- Intervenir en los procesos de policía, cuando lo considere conveniente o cuando lo solicite el contraventor o el perjudicado con la contravención.

9- Velar por la efectividad del derecho de petición con arreglo a la ley.

10- Exigir a los funcionarios públicos municipales la información necesaria y oportuna para el cumplimiento de sus funciones, sin que pueda oponérsele reserva alguna, salvo la excepción prevista por la Constitución o la ley.

11- Presentar al Concejo proyectos de acuerdo sobre materia de su competencia.

12- Nombrar y remover, de conformidad con la ley, los funcionarios y empleados de su dependencia.

13- Defender el patrimonio público interponiendo las acciones judiciales y administrativas pertinentes.

14- Interponer la acción popular para el resarcimiento de los daños y perjuicios causados por el hecho punible, cuando se afecten intereses de la comunidad, constituyéndose como parte del proceso penal o ante la jurisdicción civil.

15- Divulgar los derechos humanos y orientar e instruir a los habitantes del municipio en el ejercicio de sus derechos ante las autoridades competentes o entidades de carácter privado.

16- Cooperar en el desarrollo de las políticas y orientaciones propuestas por el Defensor del Pueblo en el territorio municipal.

17- Interponer por delegación del Defensor del Pueblo las acciones de tutela en nombre de cualquier persona que lo solicite o se encuentre en situación de indefensión.

18- Defender los intereses colectivos en especial el ambiente, interponiendo e interviniendo en las acciones judiciales, populares, de cumplimiento y gubernativas que sean procedentes ante las autoridades.

19- Velar porque se dé adecuado cumplimiento en el municipio a la participación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales sin detrimento de su autonomía, con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, control y vigilancia de la gestión pública municipal que establezca la ley.

20- Apoyar y colaborar en forma diligente con las funciones que ejerce la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas.

21- Vigilar la distribución de recursos provenientes de las transferencias de los ingresos corrientes de la Nación al municipio o distrito y la puntual y exacta recaudación e inversión de las rentas municipales e instaurar las acciones correspondientes en caso de incumplimiento de las disposiciones legales pertinentes.

22- Promover la creación y funcionamiento de las veedurías ciudadanas y comunitarias.

23- Todas las demás que le sean delegadas por el Procurador General de la Nación y por el Defensor del Pueblo.

DOCENTE CATEDRATICO DE APOYO

CENTRO EDUCATIVO HOWARD GARDNER SAS
Barrancas, La Guajira
2020.02 - 2020.08
  • Elaboración de material didáctico y de estudio para utilizar en clase y reforzar el aprendizaje.
  • Participación en actividades extracurriculares organizadas por la institución y en clases de apoyo.
  • Dictado de clases ajustadas al programa académico.
  • Orientación y asesoramiento académico a los estudiantes.
  • Uso de material digital para motivar a los estudiantes en las clases.

Abogada litigante independiente

Independiente
SAN JUAN DEL CESAR, La Guajira
2012.06 - 2020.08

1. Elaboración de resentar demandas laborales

Formación

ESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL - LABORAL

UNIVERSIDAD LIBRE
Barranquilla, ATL
2013.07 - 2014.07

ABOGADA - TODAS LAS AREAS

UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
Valledupar, CES
1999.08 - 2004.06

Enfatiza tus habilidades clave

  • Liderazgo
  • Manejo de grupos
  • Gestión del aula
  • Organización y disciplina
  • Puntualidad y responsabilidad
  • Empatía
  • Atención al cliente
  • Flexibilidad y adaptabilidad
  • Resolución de problemas
  • Organización
  • Persona proactiva
  • Capacidad de trabajo
  • Capacidad de razonamiento
  • Orientación y asesoría jurídica
  • Profesionalidad y seriedad
  • Redacción de documentos legales
  • Intermediación de conflictos
  • Comunicación y oratoria
  • Ética profesional
  • Flexibilidad y trabajo en equipo
  • Asesoramiento jurídico
  • Análisis de casos
  • Asesoramiento a clientes
  • Actuación ante tribunales

Cronología

DOCENTE CATEDRATICO DE APOYO

CENTRO EDUCATIVO HOWARD GARDNER SAS
2025.02 - 2025.11

DOCENTE CATEDRATICO DE APOYO

CENTRO EDUCATIVO HOWARD GARDNER SAS
2024.03 - 2024.11

PERSONERA MUNICIPAL

PERSONERIA MUNICIPAL
2021.11 - 2024.02

PERSONERA MUNICIPAL

PERSONERIA MUNICIPAL
2021.06 - 2021.11

PERSONERA MUNICIPAL

PERSONERIA MUNICIPAL
2020.08 - 2021.01

DOCENTE CATEDRATICO DE APOYO

CENTRO EDUCATIVO HOWARD GARDNER SAS
2020.02 - 2020.08

ESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL - LABORAL

UNIVERSIDAD LIBRE
2013.07 - 2014.07

Abogada litigante independiente

Independiente
2012.06 - 2020.08

ABOGADA - TODAS LAS AREAS

UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
1999.08 - 2004.06
YOHANA BERMUDEZ